La mayoría de los términos legales en Colombia se cuentan en días hábiles: se excluyen sábados, domingos y los festivos nacionales. Además, el conteo arranca el día hábil siguiente a la fecha de radicación, no el mismo día. Esta calculadora usa el calendario oficial de festivos de Colombia (incluido el nuevo festivo del 9 de julio, que en 2026 se disfruta el 13 de julio).
Los plazos más consultados
Derecho de petición (general): 15 días hábiles. Art. 14, Ley 1755 de 2015
Petición de documentos: 10 días hábiles. Art. 14.1, Ley 1755 de 2015
Consultas: 30 días hábiles. Art. 14.2, Ley 1755 de 2015
Recurso de reposición: 10 días hábiles. Art. 76 CPACA (Ley 1437 de 2011)
Tutela: el juez la falla en 10 días; el juez fija plazos internos. La respuesta a la acción la determina el despacho (Decreto 2591 de 1991).
Herramienta informativa; no reemplaza la asesoría de un abogado. Verifica tu caso con la entidad o un profesional.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo empiezan a contar los días de un derecho de petición?
El conteo arranca el día hábil siguiente a la radicación, no el mismo día. Si radicas un viernes, el día 1 suele ser el lunes siguiente (o el martes si el lunes es festivo).
¿Cuántos días hábiles tiene una entidad para responder un derecho de petición?
Regla general: 15 días hábiles. Peticiones de documentos o información: 10 días. Consultas: 30 días (Ley 1755 de 2015).
¿Qué pasa si el plazo vence en sábado o festivo?
Como el conteo es en días hábiles, el vencimiento nunca cae en fin de semana o festivo: se corre al siguiente día hábil.
¿Qué hago si no me responden a tiempo?
Puedes insistir por escrito y, si persiste el silencio, presentar una acción de tutela por violación al derecho fundamental de petición. Esta herramienta es informativa; para tu caso, asesórate.
Fuentes normativas
Ley 1755 de 2015 — derecho de petición (arts. 14 y siguientes).
Ley 1437 de 2011 (CPACA) — recursos (art. 76).
Decreto 2591 de 1991 — acción de tutela.
Ley 51 de 1983 — festivos (Ley Emiliani); Ley 2578 de 2026 (festivo 9 de julio).
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